Usted se lesionó haciendo su trabajo y ahora le están dando respuestas vagas sobre quién paga. Javier Perez Law representa a trabajadores lesionados en Dallas y el norte de Texas, en español, y revisa el caso sin costo.
Lo primero que hay que establecer es si su empleador tenía seguro de compensación laboral, porque de eso depende todo lo demás. Llame al +1 (214) 499-0667.
Table of contents
- ¿Puedo demandar a mi empleador por una lesión en el trabajo en Texas?
- ¿Cómo sé si mi empleador tiene compensación laboral?
- ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar por una lesión de trabajo?
- ¿Puedo reclamar contra alguien más además de mi empleador?
- Lo que suele preguntar un trabajador lesionado antes de contratar
- Antes de que la empresa cierre su expediente
¿Puedo demandar a mi empleador por una lesión en el trabajo en Texas?
En Texas sí, si su empleador no tiene seguro de compensación laboral. Texas es el único estado que permite a las empresas privadas operar sin esa cobertura, y cuando una empresa decide no tenerla, pierde las defensas legales que normalmente la protegerían.
Eso cambia por completo la conversación. Según el Departamento de Seguros de Texas, la compensación laboral no es obligatoria para la mayoría de los empleadores privados del estado. En las estimaciones más recientes publicadas por el TDI, correspondientes a 2022, el 25 % de los empleadores privados de Texas no tenían cobertura y el 17 % de los trabajadores del estado trabajaban para una empresa sin ella.
A una empresa sin cobertura se le llama nonsubscriber, o empresa no suscriptora. Si la suya lo es, usted puede demandar directamente por negligencia, y la Sección 406.033 del Código Laboral de Texas le prohíbe defenderse alegando que usted fue descuidado, que asumió el riesgo del trabajo o que la culpa fue de un compañero.
Usted todavía tiene que probar que la empresa fue negligente. Pero la empresa se queda sin sus tres argumentos favoritos.
Si no sabe si su empleador tenía cobertura, esa es la primera llamada que conviene hacer. +1 (214) 499-0667, sin costo.
¿Cómo sé si mi empleador tiene compensación laboral?
Hay tres formas de averiguarlo, y ninguna depende de lo que le diga su supervisor. Una empresa sin cobertura está obligada a notificarlo por escrito a sus empleados y a reportar esa situación al estado.
Pregunte por escrito a recursos humanos. Un correo con la pregunta directa deja constancia, y la respuesta, o la falta de respuesta, se convierte en evidencia.
Revise el aviso obligatorio. Los empleadores deben colocar un aviso sobre su estatus de cobertura donde los trabajadores puedan verlo, normalmente junto al reloj o en el área de descanso.
Consulte con la División de Compensación de Trabajadores. La DWC mantiene el registro de qué empresas tienen cobertura. Un abogado puede hacer esa verificación por usted en cuestión de días.
Cuidado con una respuesta muy común: "tenemos un plan para accidentes". Muchas empresas sin cobertura ofrecen un plan privado de beneficios ocupacionales que suena parecido y no lo es. Suelen pagar menos, imponer al médico de la empresa y, en algunos casos, pedirle que firme una renuncia.
Una renuncia firmada antes de la lesión no tiene validez en Texas. Una firmada después solo vale si se cumplen requisitos estrictos, incluido un periodo de espera y una evaluación médica previa.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar por una lesión de trabajo?
Depende de si su empleador tiene cobertura o no, y los plazos son muy distintos. Confundirlos es uno de los errores más caros que comete un trabajador lesionado en Texas.
| Situación | Qué hay que hacer | Plazo |
|---|---|---|
| Empleador con compensación laboral | Avisar de la lesión al empleador | 30 días desde la lesión |
| Empleador con compensación laboral | Presentar el formulario DWC-041 ante la DWC | 1 año desde la lesión |
| Empleador sin cobertura (nonsubscriber) | Presentar la demanda por negligencia | 2 años desde la lesión |
| Lesión causada por un tercero | Presentar la demanda contra ese tercero | 2 años desde la lesión |
Los plazos de 30 días y de un año salen del sistema de compensación laboral y están explicados en la guía para empleados lesionados del TDI. No se aplican a una demanda contra una empresa sin cobertura, que se rige por el plazo general de dos años para lesiones personales.
En enfermedades ocupacionales el reloj empieza cuando usted supo, o debió saber, que el padecimiento venía del trabajo. Eso importa en lesiones que aparecen despacio, como las de hombro, espalda o audición.
¿Puedo reclamar contra alguien más además de mi empleador?
Con frecuencia sí, y ahí suele estar el dinero real del caso. Aunque su empleador tenga compensación laboral y usted no pueda demandarlo, la ley de Texas conserva su derecho a demandar a un tercero que haya causado la lesión.
Un tercero es cualquiera que no sea su patrón. En obra y en almacén, los más comunes son:
- El contratista general o un subcontratista distinto al suyo
- El dueño de la propiedad donde ocurrió el accidente
- El fabricante de una máquina o herramienta que falló, un caso de productos defectuosos
- La empresa dueña del vehículo o del montacargas que lo golpeó
- La compañía que prestaba mantenimiento al equipo
La Sección 417.001 del Código Laboral permite expresamente cobrar beneficios de compensación laboral y al mismo tiempo demandar al tercero responsable. La aseguradora que pagó sus beneficios tendrá derecho a recuperar parte de lo que usted obtenga, y negociar esa parte es trabajo del abogado, no suyo.
Las lesiones en obra suelen tener esta estructura de varias empresas. Si la suya ocurrió en una construcción, la página de lesiones en construcción entra en más detalle sobre cómo se reparte la responsabilidad.
Cada empresa involucrada tiene su propia póliza y su propio ajustador. Nosotros ubicamos todas antes de negociar con cualquiera. Llame al +1 (214) 499-0667.
Lo que suele preguntar un trabajador lesionado antes de contratar
Me dijeron que si demando pierdo el trabajo. ¿Es cierto?
Esa advertencia es muy frecuente y casi siempre viene sin nada por escrito. Un reclamo por lesión es un asunto de lesiones personales, y conviene que un abogado revise su situación específica antes de que usted tome cualquier decisión basada en algo que le dijeron de palabra.
El médico de la empresa dice que ya puedo volver a trabajar y yo sigo con dolor. ¿Qué hago?
Tiene derecho a buscar una segunda opinión médica, y en un caso contra una empresa sin cobertura usted no está atado al médico que ella elija. Un alta prematura que consta en el expediente es difícil de corregir después, así que conviene actuar antes de firmar el regreso al trabajo.
¿Y si el accidente fue parcialmente culpa mía?
Contra una empresa sin cobertura, su descuido no es defensa válida. En un reclamo contra un tercero sí se reparte la culpa por porcentajes, y usted recupera mientras su parte no supere el 50 por ciento.
Trabajo por medio de una agencia temporal. ¿A quién le reclamo?
Puede haber dos empleadores a la vez, la agencia y la empresa donde usted trabaja, con coberturas distintas. Determinar cuál responde exige revisar el contrato entre ambas, y es una de las primeras cosas que pedimos.
No tengo dinero para pagar un abogado ahora. ¿Qué opciones tengo?
Estos casos se toman por honorarios de contingencia, así que no hay pago por adelantado ni cuota mensual. El despacho cobra un porcentaje solo si obtiene una recuperación, y usted no paga a menos que ganemos su caso de lesiones personales.
Antes de que la empresa cierre su expediente
El reporte interno, el informe del supervisor y el video de la bodega se generan en los primeros días y luego dejan de estar disponibles. La versión que quede en ese expediente es la que la empresa va a defender durante los próximos dos años.
Javier Perez es abogado certificado por la Junta de Especialización Legal de Texas en Derecho Laboral y del Empleo, una certificación que tiene una fracción pequeña de los abogados del estado, y ha litigado cientos de casos, incluidos más de una docena de juicios y arbitrajes. El despacho trabaja en español desde la primera llamada hasta la firma del acuerdo.
Consulta gratis, a cualquier hora. En su momento de necesidad, Javier Perez está de su lado.
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